22 de enero de 2025
De acuerdo con la información contenida en la resolución ministerial a partir de información proporcionada por el propio Ejecutivo Municipal en agosto de 2024, el cálculo arroja que la representatividad de ATE en la planta de empleados municipales ha superado ampliamente el requisito mínimo del 10% establecido en el artículo 52 de la Ley 14.656 y su decreto reglamentario.
En un nuevo dictamen notificado a la delegación local de su cartera, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires reafirmó, a través de la Dirección de Negociaciones Colectivas Municipales, que la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), Seccional Tandil Juárez, "cumple con los requisitos legales para participar en la mesa de negociación colectiva municipal", según un comunicado difundido por la misma organización gremial.
La resolución resalta que ATE "supera el mínimo del 10 % de
afiliados cotizantes necesarios según el artículo 52 de la Ley 14.656,
validando también su competencia territorial y la voluntad de representación de
los trabajadores municipales afiliados a ATE".
De acuerdo con la información proporcionada por el Ejecutivo Municipal, el cálculo de representatividad de ATE cubre ambos extremos de la representación, es decir, supera el porcentaje necesario y, además, posee la personería gremial territorial.
"Un fallo contundente y esclarecedor"
El Ministerio destaca que el cálculo de representatividad
sindical debe considerar la proporción entre los afiliados cotizantes de cada
sindicato y el total de cotizantes de todas las organizaciones gremiales con
competencia en el municipio, conforme al Decreto Provincial 784/2016 y la
jurisprudencia existente con fallos de la Suprema Corte Provincial y de la Corte
Suprema de Justicia a nivel nacional.
"Teniendo ello en cuenta, ha de indicarse que del informe presentado por el Municipio a orden 26 surge que la cantidad total de trabajadores afiliados a gremios dentro de su ámbito resulta ser de 1157 personas, por lo que, teniendo en cuenta lo que manifiesta el artículo 52 del Decreto Provincial N° 784/2016, se debe considerar que el mínimo de 10 % requerido por la Ley N° 14.656 resulta ser de 115,7 afiliados" sostiene el dictamen de la cartera laboral bonaerense.
En palabras de la resolución: "Es así que, teniendo ello
presente, esta Dirección considera que, habiendo superado ATE la cantidad
mínima de afiliados requeridos para contar con representatividad en la
negociación colectiva y, verificando que posee personería gremial para actuar
dentro del ámbito del Municipio de Tandil, se aconseja continuar con las
acciones tendientes a la inclusión de dicha asociación sindical dentro de la
negociación colectiva gestionada por el procedimiento de autos".
La Seccional Tandil - Juárez de la Asociación de
Trabajadores del Estado, considera "absoluto y legítimo" el derecho a
participar de la negociación paritaria de los estatales municipales de Tandil y
espera que "el Ejecutivo Municipal nos convoque próximamente a discutir en el
ámbito de las negociaciones colectivas a los representantes los trabajadores
municipales que eligen democráticamente estar representados en la Asociación
Trabajadores del Estado".
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
No hay certezas sobre cómo se financiará el resto de las obras de infraestructura.