06/12/2017

Mundo

Mientras se discute en Tandil, prohibieron pirotecnia en Azul y Ayacucho

Mientras en Tandil distintas organizaciones han manifestado su rechazo al Tandil Brilla por el uso de pirotecnia, y se le pidió a las autoridades que modifiquen el festejo para recibir el año nuevo, el portal Ayacucho al día informó sobre las restricciones que rigen en la vecina ciudad en cuanto a la comercialización de pirotecnia.
Oficialmente se dio cuenta de la prohibición que “se tomó en base a los ruidos molestos provocados por el uso de pirotecnia en forma excesiva en cualquier horario y lugar, y sin ningún tipo de recaudo; originando además de un peligro potencial para la seguridad; además generando molestias para descansar; sobresaltos en nuestros abuelos de la tercera edad; como también en personas con discapacidad menoscabando su salud; y la salubridad de los animales, que son profundamente perjudicados por los ruidos que produce la pirotecnia en los domicilios”.
“La razón de esta normativa radica, principalmente, en que con la vigencia de ella se evitaría la contaminación acústica, el maltrato a los animales domésticos, se disminuirían los riesgos de daños a las personas que utilizan estos elementos sin ser especialistas. En general, con la presente ordenanza, se pretende bregar por la protección de la salud, tranquilidad, bienestar y seguridad de personas y de los animales, el sano esparcimiento familiar y la protección del medio ambiente” cierra diciendo el parte de prensa.
La queja de un comerciante:
Un propietario de un local que tenía previsto la comercialización de artículos de pirotecnia, se comunicó con Ayacuchoaldia.com.ar a través de nuestra línea de Whastapp para mostrar su disconformidad y elevar su reclamo a la vez. “Espero que como son tan estrictos con esta medida y no nos dejan laburar dos días, porque no es más que eso, también resulten de exigentes con las motos que andan tirando cortes, con explosiones, ruidos, y andan como si nada, y están todo el año, no solo para las Fiestas”, opinó en un mensaje de audio. Fuente y foto Ayacuchoaldía.
AZUL TAMBIEN
La prohibición del uso de pirotecnia de mediano y alto impacto sonoro rige en todo el Partido de Azul, luego de que el Concejo Deliberante aprobara en octubre de este año una Ordenanza que así lo establece y que el Ejecutivo la promulgara. Esa normativa prohíbe también la fabricación, tenencia, uso, comercialización o venta de elementos de pirotecnia y cohetería que no sean de “venta libre” según la calificación del RENAR -Registro Nacional de Armas-.
En ese marco, desde el municipio se informó a los comercios proveedores -mayoristas o minoristas- interesados en habilitar negocios para la venta de los productos aprobados que el plazo para la presentación de las carpetas para el trámite de habilitación de locales es hasta el 11 de diciembre en el área de Habilitaciones de la comuna, en Avenida 25 de Mayo 623 informó el diario El Tiempo de Azul.
Impacto sonoro
En lo que hace a la Ordenanza que ya fue promulgada por el Ejecutivo municipal, se centraron en el uso de los artificios de entretenimiento que puedan “perturbar el orden u ocasionen perjuicios a terceros”, por lo que reglamentaron el estruendo vinculado a la pirotecnia que afecta a personas y animales.
En ese sentido, prohibieron aquellos productos de mediano y alto impacto sonoro, como: petardo, batería, volcán, fuente, mortero, mortero con bomba, bomba, fogueta, torta, caña voladora y los globos aerostáticos o similares.
En ese marco, sólo se permitirán los fuegos artificiales y elementos de pirotecnia que privilegien la coreografía lumínica y el color.
La prohibición del uso de estos elementos alcanza a espacios cerrados, canchas de fútbol, predios en los que se realicen eventos deportivos, musicales, políticos, religiosos, también en manifestaciones callejeras de cualquier tipo, movilizaciones, actividades sindicales y otras manifestaciones sociales.
Zonas no permitidas
Por otro lado, se reglamentaron las zonas en las que no pueden usarse los elementos que están permitidos -es decir, los fuegos artificiales y la pirotecnia lumínica-: a menos de 300 metros de depósitos de combustibles; a menos de 500 metros de hospitales, sanatorios, clínicas, geriátricos y salas velatorias; y a menos de 100 metros de plazas, parques, arboledas y cursos de agua.
Otro de los artículos de la Ordenanza aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante, apunta a que el Ejecutivo realice anualmente campañas de información, educación y difusión sobre la peligrosidad del uso de la pirotecnia y el daño que causa a la salud humana y animal.
También, que la Ordenanza se dé a conocer en todas las escuelas de Azul para fomentar la prevención a través de la educación.
En ese mismo sentido, se estableció que el Ejecutivo deberá habilitar una línea telefónica donde recibir denuncias o reclamos vinculados al incumplimiento de la Ordenanza. En este punto, cabe señalar que aún no fue informado por la comuna si habilitó un número al respecto.
Autoridad de aplicación
La Ordenanza 3.993/17 que el Concejo Deliberante aprobó en octubre y que fue promulgada por el Ejecutivo municipal, dispone la prohibición de la comercialización, venta al público, depósito y acopio de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea de venta libre o no, por parte de personas que no se encuentren habilitadas por la autoridad de aplicación, que es la Secretaría de Gobierno, actualmente a cargo de Alejandro Vieyra. Asimismo, el Juzgado de Faltas será el encargado de imponer las multas y clausuras.
Cabe señalar que los locales que quieran comercializar pirotecnia deberán contar con el Informe Técnico de Seguridad Siniestral otorgado por la Delegación Explosivos del Cuartel de Bomberos de Azul; y, además, deberán exhibir en lugar visible dos carteles: uno que puntualice la prohibición del uso en todo el Partido de pirotecnia de mediano y alto impacto sonoro, y otro informando la venta de fuegos artificiales sin estruendo.

UN PROYECTO CON MEDIA SANCIÓN EN LA PROVINCIA
A fines de septiembre de este año, la Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires aprobó y giró a Diputados un proyecto de ley que prohíbe la venta y utilización de todo elemento de pirotecnia.
La iniciativa incluye en esta prohibición a la cohetería de tipo explosiva con efecto audible o sonoro cualquiera fuera su característica y naturaleza, sea de venta libre o no.
El proyecto que ya cuenta con media sanción prohíbe la tenencia, fabricación, comercialización, depósito, circulación y venta al público, mayorista o minorista, así como la manipulación y uso particular de todo elemento de pirotecnia.
Asimismo, la propuesta afirma que la pirotecnia con fines exclusivamente sonoros “significa una grave contaminación sonora en el medio ambiente y genera riesgos a la propiedad, a la salud y a la vida humana, tanto en forma directa a través de su uso, como indirectamente por el comportamiento que despierta en las mascotas y animales domésticos y silvestres”.

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