23/05/2017

Nacionales

Ordenan separar del Consejo de la Magistratura a un senador kirchnerista

Se trata del sanjuanino Ruperto Godoy; el bloque peronista de la Cámara baja apelará la decisión del juez Lavié Pico
La Justicia dispuso hoy el cese en sus funciones en el Consejo de la Magistratura del senador kirchnerista Ruperto Godoy, por no contar con título de abogado. Por su parte, el bloque de senadores del PJ adelantó que apelará la decisión.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley que quitó la obligatoriedad de ser abogado para integrar el Consejo de la Magistratura. En consecuencia, estableció que Godoy, senador por la provincia de San Juan, "deberá cesar en sus funciones".
Luego de conocerse la decisión, el bloque de senadores del PJ emitió un comunicado para informar que apelará la decisión judicial.
El jefe de la principal bancada opositora en el Senado, Miguel Pichetto, consideró que la resolución de la justicia "es inoportuna y tardía", y advirtió que "en todo caso se debería haber tomado al momento de la designación de Godoy como consejero y no ahora".
En un comunicado difundido esta tarde, el bloque descalificó el fallo: "Llama la atención la oportunidad en que se emite, precisamente en las circunstancias actuales en las que el Consejo de la Magistratura debe resolver cuestiones importantes en el ámbito de la Justicia".
"Nuestro bloque respalda la continuidad en el Consejo de la Magistratura del senador Godoy y acompaña la apelación que presentará ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo", sostuvo, y aseveró que "la apelación que se presentará tiene efectos suspensivos". "Consideramos que el senador Godoy debe terminar su mandato".
Del texto del fallo se desprende que todas las decisiones en las que intervino Godoy son válidas, y que su cesantía se producirá sólo cuando la resolución quede firme. "A partir del momento en que el presente pronunciamiento quede consentido o ejecutoriado, recobrará vigencia el régimen anterior", que establecía que los consejeros debían cumplir los mismos requisitos de los jueces.
Sólo en esa instancia Godoy deberá "cesar inmediatamente en sus funciones y ser reemplazado por quien cumpla con las exigencias establecidas".
El juez Lavié Pico aclaró que "la autoridad institucional de este decisorio en modo alguno priva de validez a las decisiones que hubieran sido adoptadas con la participación de Ruperto Godoy".
El párrafo cierra tempranamente la posibilidad de que las decisiones del Consejo en las que intervino el legislador kirchnerista pudieran ser objetadas judicialmente por nulas.
La acción judicial fue impulsada por el abogado porteño y ex consejero de la Magistratura Alejandro Fargosi, quien objetó la alteración del mecanismo de selección y requisitos para los integrantes del cuerpo.
El requisito de ser abogado para integrar el Consejo fue eliminado en la reforma judicial que intentó el kirchnerismo y que denominó "democratización de la Justicia".
"Se pasó de exigir ser abogado con ocho años de ejercicio de la profesión, tener la edad de 30 años y haber sido seis años ciudadano de la Nación a alcanzar con haber cumplido la edad de 25 años y tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio", reprobó el juez.
"Si el objetivo fundamental de la creación del Consejo de la Magistratura ha sido la instaurar un procedimiento predominantemente técnico de selección de magistrados, no resulta adecuado a tal fin que para ser consejero no se exija al menos el título de abogado, puesto que resulta claro que no podría efectuar un examen satisfactorio de la idoneidad científica y profesional de los candidatos a magistrados quien no posee formación jurídica alguna", resume la resolución.

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